El desconocimiento, la burocracia o incluso la barrera del idioma, llevan todos los años a muchas empresas a desperdiciar la oportunidad de reducir costes al no reembolsar el IVA pagado por los servicios prestados en el extranjero.

Las empresas portuguesas y españolas que realizan acciones promocionales, prestación de servicios, visitas comerciales en España o Portugal, respectivamente, pueden solicitar el reembolso del IVA pagado en aquel país, y recuperar de esta manera, en la mayoría de los casos, valores bastante significativos.

La Cámara de Comercio e Industria Luso-Española posee una elevada experiencia en la tramitación de pedidos de devolución del IVA tanto para la Agencia Tributaria española como para la Autoridade Tributária e Aduaneira portuguesa, beneficiándose de un contacto directo y permanente entre ambas entidades.

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